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Beca de formación práctica para titulados universitarios en Derecho

 

                                       




 

📌 Beca de formación práctica para titulados universitarios en Derecho. Convocatoria 2026.

Esta beca de la Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente tiene como objetivo ofrecer formación y especialización práctica en los sectores gestionados por la Dirección General de Transportes y Comunicaciones.

👤 ¿Quién puede solicitarla?
Personas tituladas universitarias en Derecho, siempre que no hayan transcurrido más de 3 años desde la expedición del título al finalizar el plazo de solicitudes y que cumplan el resto de requisitos establecidos.

💶 Cuantía:
800 € brutos al mes, abonados a mes vencido y sujetos a la correspondiente retención de IRPF.

🔔 ¡Importante!
La beca tiene una duración de un año desde la incorporación. Su concesión tiene carácter formativo y no supone relación laboral o contractual con el Gobierno de Cantabria.

Plazo de presentación:
Un mes desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOC, publicado el 10 de septiembre de 2026.

 

🔗Más información: PDF (BOC-2026-7110 - 278 Kb)

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Beca de formación práctica en Informática y Comunicaciones.



                                 


📌 Beca de formación práctica en Informática y Comunicaciones. Convocatoria 2026.

Esta beca de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Universidades tiene como objetivo ofrecer formación, investigación y especialización práctica en el área de Informática y Comunicaciones.

👤 ¿Quién puede solicitarla?
Personas españolas o nacionales de la UE que sean Técnicos Superiores en Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma, Desarrollo de Aplicaciones Web o Administración de Sistemas Informáticos en Red, y que hayan finalizado el ciclo en el curso 2018-2019 o posteriores.

💶 Cuantía:
800 € brutos al mes, abonados a mes vencido y condicionados a la asistencia efectiva.

🔔 ¡Importante!
La beca tendrá una duración máxima de un año, con posibilidad de una prórroga excepcional de hasta 12 meses. La incorporación no será anterior al 1 de noviembre de 2026.

Plazo de presentación:
10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOC (7 de septiembre de 2026).

🔗 Más información: PDF (BOC-2026-7009 - 280 Kb)

 



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Hermanamiento de ciudades

 


📌 Programa Europeo CERV. Capítulo 3: Compromiso y participación de la ciudadanía. Convocatoria 2026 de Hermanamiento de Ciudades.

CERV es un programa transversal que financia proyectos dirigidos, a proteger la diversidad y los derechos civiles, combatir la violencia de género, reforzar la vida democrática de la ciudadanía y valorar la historia europea. 

¿Cuál es el objetivo de la convocatoria? Promover los intercambios entre la ciudadanía de diferentes países, reforzar el entendimiento mutuo y la tolerancia, brindar la oportunidad de ampliar las perspectivas y desarrollar un sentido de pertenencia e identidad europeas.

Tipos de actividades que se organizan: talleres, seminarios, conferencias, actividades de formación, reuniones de expertos, webinarios, actividades de sensibilización, eventos culturales, festivales, exposiciones... 

🏢¿Quién puede solicitar la ayuda? Municipios de al menos dos países admisibles, de los cuales al menos uno ha de ser un Estado miembro de la UE. 

💶Condiciones de financiación:  

  • Importe de la subvención: entre 8.455 y 50.745 euros.
  • Mínimo de 50 participantes directos y 25 participantes internacionales invitados. 

🔔¡Importante!

  • Solicitud on line en la plataforma EU Funding & Tenders Portal.
  • Las propuestas se pueden presentar en cualquier lengua oficial de la UE. No obstante, el resumen del proyecto debe estar siempre en inglés.
  • Pre financiación al inicio del proyecto del 60%. 

Plazo de presentación de solicitudes:  23/09/2026 a las 17:00 horas.

🔗Más información aquí.
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Programa +BICEPS

 


📌Publicación de la convocatoria 2026 de las subvenciones destinadas a financiar Proyectos de Fomento de la Bicicleta en centros educativos de enseñanza no universitaria. Programa +BICEPS.

¿Cuál es el objetivo de la ayuda? Desarrollo de proyectos que fomenten el uso cotidiano de la bicicleta en centros educativos, dentro del programa +BICEPS.

🏢¿Quién puede solicitar la ayuda? Centros educativos sin ánimo de lucro sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Cantabria que impartan educación primaria, ESO, Bachillerato. Formación Profesional y/o Enseñanzas de Régimen Especial.

💶Condiciones de financiación:  

  • Cuantía máxima de 2.500 euros por proyecto subvencionado.
  • El plazo de ejecución del proyecto comprende desde el 1 de septiembre del año de 2026 al 30 de junio del año 2027, curso escolar 2026-2027. 
  • Gastos subvencionables: gastos de diseño, desarrollo, implantación y/o gestión del proyecto; pequeñas infraestructuras vinculadas al uso de la bicicleta en el espacio del centro; RR.HH. 

Plazo de presentación de solicitudes: 1 mes, finalizando el 15/07/2026. 

🔗Más información aquí.

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Cine vecino

 


📌Publicación de la convocatoria para la selección de ayuntamientos, asociaciones y agrupaciones en el proyecto «Cine Vecino».

¿Cuál es el objetivo de la ayuda? Facilitar los servicios de exhibición cinematográfica a municipios pequeños, zonas despobladas y/o rurales, que se encuentren dentro del territorio nacional, con el objeto de contribuir a la difusión del cine independiente y la cultura audiovisual, así como al arraigo de la población rural, a través de la plataforma digital pública PLATFO.

Las entidades seleccionadas tendrán acceso a un catálogo de 100 películas al semestre.

🏢¿Quién puede solicitar la ayuda? Ayuntamientos, asociaciones y agrupaciones de Ayuntamientos y asociaciones. Los municipios participantes tendrán una población censada inferior a 10.000 vecinos.

💶Condiciones de financiación:  El Ministerio de Cultura, a través de la Dirección General de Derechos Culturales como órgano concedente del proyecto «Cine Vecino», asumirá la financiación de la cuantía correspondiente al catálogo de las películas que se ponen a disposición de las entidades beneficiarias.

Las entidades beneficiarias deberán asumir, mediante ingresos propios u otras fuentes de financiación, el pago de las tarifas correspondientes a los derechos de propiedad intelectual derivados de la exhibición pública no comercial de las películas que reproduzcan en el ámbito de Cine Vecino. Dichas tarifas deberán ser satisfechas a las entidades de gestión colectiva de derechos de propiedad intelectual que corresponda.  

Plazo de presentación de solicitudes: 1 mes, finalizando el 20/06/2026. 

🔗Más información aquí y aquí.

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Proyectos de salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial

 


📌Convocatoria 2026 de subvenciones para Proyectos de salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial.

¿Cuál es el objeto de la ayuda?  Realización de proyectos de documentación, investigación, transmisión, perpetuación, difusión y promoción del Patrimonio Cultural Inmaterial. 

Serán objeto de atención prioritaria aquellos proyectos que afecten a bienes culturales inmateriales que hayan sido expresamente protegidos por la normativa de Patrimonio Cultural (declarados con la categoría de Manifestación Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial, Bien de Interés Cultural o asimilables) o que estén incluidos en los sistemas de inventarios, catálogos o atlas de Patrimonio Inmaterial gestionados
por las administraciones competentes.

🏢¿Quién puede solicitar la ayuda? Personas sin ánimo de lucro tanto del sector público como del sector privado.

💶Condiciones de financiación:  

  • El importe de las ayudas concedidas se fijará en la Resolución de concesión. Las ayudas no podrán superar los 30.000 € por proyecto ni financiar más del 90% de la cuantía total del proyecto.
  • Las entidades solicitantes deberán aportar como financiación propia al proyecto al menos el 10% del coste total del mismo declarado en la memoria o, en su caso, el 10% del coste del proyecto reformulado. 
⏰¿Cómo y cuándo solicitar la ayuda? 
  • Las solicitudes cumplimentadas en el modelo oficial acompañadas de la documentación correspondiente se presentarán exclusivamente a través de la sede electrónica del Ministerio de Cultura, accesible a través del siguiente enlace: https://cultura.sede.gob.es
  • El plazo de presentación de solicitudes es de 15 días hábiles después del siguiente a la publicación en el BOE.
 
Más información aquí.
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Prácticas artísticas y cultura comunitaria para el fomento de la igualdad

 


📌Convocatoria 2026 de subvenciones para el fomento de la igualdad entre hombres y mujeres a través de las prácticas artísticas y la cultura comunitaria.

¿Cuál es el objetivo del programa?  Promoción de la creación artística con perspectiva de género en el marco de procesos comunitarios a través de las artes visuales, el cine o audiovisuales, la música, las artes escénicas, performativas o cualquier manifestación artística o cultural que promueva prácticas colaborativas con los públicos participantes, especialmente mujeres o niñas. 
 
Estos procesos colaborativos o comunitarios deben desarrollarse con los grupos sociales a los que afectan las temáticas abordadas en la obra o creación, y basarse en el respeto y compromiso con su autonomía y voluntad de expresión, la difusión y acercamiento a la ciudadanía del resultado de los procesos, así como el reconocimiento y la proyección local, nacional e internacional de la comunidad creativa en que se genera, todo ello en el ámbito de las competencias y objetivos encomendados al Instituto de las Mujeres. 
 
Las actividades deberán desarrollarse entre el 01/01/2026 y el 31/12/2027. 

👥¿Quién puede presentarse? Las personas físicas y las entidades de naturaleza jurídica privadas (tanto asociaciones como otras entidades jurídicas privadas sin ánimo de lucro) y ONGs, en adelante entidades.

Máximo de una solicitud/proyecto por titular.

La financiación de cada proyecto se realizará por un importe mínimo de 5.000 euros y un máximo de 20.000 euros. 

⏰¿Cómo y cuándo solicitar la ayuda? La solicitud se cumplimenta on line en un formulario específico y se presenta, acompañada de la documentación/anexos requeridos, en la sede electrónica del Ministerio de Igualdad https://igualdad.sede.gob.es.  

El plazo de presentación de solicitudes es de 20 días naturales a partir del día siguiente a la publicación del extracto de ayuda en el BOE y finalizará a las 14 horas del último día de presentación.

🔗Más información aquí.
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Creación, producción y difusión artística y cultural para el fomento de la igualdad de género

 


📌Convocatoria 2026 de subvenciones para el fomento de la igualdad de género, destinadas a la promoción de la creación, producción y difusión artística y cultural.

¿Cuál es el objetivo del programa? Financiación de proyectos y actividades cuyo objetivo sea el fomento de la igualdad de género, en los ámbitos de la creación, producción y difusión artística y cultural. 
 
Las actividades deberán desarrollarse entre el 01/01/2026 y el 31/12/2027. 

👥¿Quién puede presentarse? Las personas físicas y las entidades de naturaleza jurídica privadas (tanto asociaciones como otras entidades jurídicas privadas sin ánimo de lucro) y ONGs, en adelante entidades.

Máximo de una solicitud/proyecto por titular.

La financiación de cada proyecto se realizará por un importe mínimo de 3.000 euros y un máximo de 25.000 euros. 

⏰¿Cómo y cuándo solicitar la ayuda? La solicitud se cumplimenta on line en un formulario específico y se presenta, acompañada de la documentación/anexos requeridos, en la sede electrónica del Ministerio de Igualdad https://igualdad.sede.gob.es.  

El plazo de presentación de solicitudes es de 20 días naturales a partir del día siguiente a la publicación del extracto de ayuda en el BOE y finalizará a las 14 horas del último día de presentación.

🔗Más información aquí.
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Ayudas para asociaciones de mujeres

 


📌Convocatoria de las subvenciones a asociaciones de mujeres y otras organizaciones sin ánimo de lucro para el fomento de la igualdad, en el año 2026.

¿Cuál es el objeto de la ayuda?  Potenciar la participación de las mujeres, su empoderamiento, así como el tejido asociativo con el objetivo de la consecución de la igualdad real y efectiva de mujeres y hombres .

🏢¿Quién puede solicitar la ayuda?  

  • Asociaciones de mujeres y federaciones de asociaciones de mujeres.
  • Asociaciones cuyo objeto social vaya dirigido a la prevención, estudio e intervención ante enfermedades que afecten principalmente a mujeres.
  • Asociaciones y federaciones socioculturales con sección de mujeres o cuya junta directiva esté constituida íntegramente por mujeres. 
  • Sindicatos y organizaciones empresariales con sección, secretaría, área o programa de mujeres. 

Acciones subvencionables

  • Proyectos que contribuyan a la eliminación de cualquier tipo de discriminación de las mujeres y a alcanzar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres a través de acciones positivas específicas para mujeres. 
  • Proyectos que fomenten el acceso al empleo de las mujeres y promuevan la adquisición de habilidades y capacidades personales para su inserción laboral. 
  • Proyectos que contribuyan a fomentar la conciliación de la vida laboral y personal y la corresponsabilidad en el reparto de responsabilidades en el núcleo familiar entre mujeres y hombres.
  •  Proyectos de actividades orientados a dinamizar, motivar e impulsar el movimiento asociativo de las mujeres que contribuyan a su empoderamiento y que creen, fomenten y fortalezcan las redes de asociaciones de mujeres. 
  • Proyectos que contribuyan a informar y sensibilizar sobre la participación de las mujeres en diversos ámbitos como la ciencia, la cultura, la política, el deporte y la literatura. 
  • Proyectos que fomenten la salud de las mujeres a través de actividades de sensibilización, información, apoyo y atención ante enfermedades o afecciones físicas y/o mentales que las afecten, preferentemente, mediante la realización de actividades que se desarrollen de forma grupal. 
  • Proyectos que fomenten las relaciones intergeneracionales e interterritoriales entre mujeres para la creación de redes entre mujeres. 

💶Condiciones de financiación:  

  • El importe máximo de la subvención a percibir por cada entidad, por el conjunto de proyectos solicitados, no podrá superar 4.000 .
  • El número de proyectos a subvencionar se limita a dos por entidad.
  • Gastos subvencionables: contratación de una entidad externa, desplazamiento, alojamiento,  impartición de cursos/talleres (límite máximo de 60 euros/hora), personal propio. difusión, seguros de responsabilidad, gestoría, material fungible, servicio de cuidado de personas dependientes...
  • La justificación final de la subvención se podrá realizar hasta el 31 de enero de 2027.

⏰¿Cómo y cuándo solicitar la ayuda? 

Las solicitudes se realizarán en el modelo oficial (Anexo I) e irán dirigidas a la persona titular de la consejería con competencias en materia de igualdad y mujer, junto con la memoria explicativa del proyecto para el que se solicita la subvención y presupuesto (Anexo II) y el certificado del acuerdo de la Junta Directiva en la que se decidió la solicitud de subvención (Anexo III) debidamente cumplimentados y firmados con certificado electrónico por quien ostente la representación legal de la entidad
 
El plazo de solicitud finaliza el 15/04/2026. 
 

🔗Más información aquí.

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Actividades de información y divulgación de temas europeos por entidades sin ánimo de lucro

 


📌Convocatoria de las subvenciones para la realización de proyectos y actividades de información y divulgación de temas europeos por personas jurídicas públicas o privadas sin ánimo de lucro en 2026.

¿Cuál es el objeto de la ayuda? Apoyar proyectos y actividades de información y divulgación de temas relacionados con el proceso de integración de la Unión Europea y de su impacto en Cantabria, que se realicen en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2026.

La prioridad temática específica de este año será la: Conmemoración del 40 Aniversario de la adhesión de España y Portugal a la UE. 

🏢¿Quién puede solicitar la ayuda? Personas jurídicas públicas o privadas sin ánimo de lucro de Cantabria.

💶Condiciones de financiación:  

  • Cuantía máxima por proyecto de 2.900 euros.
  • Serán gastos subvencionables los que de manera indubitada respondan a la actividad subvencionada, se realicen en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026 y se encuentren efectivamente pagados antes de la finalización del plazo de justificación.
🔔¡Importante!

Prioridades temáticas

  • La Europa digital, la inteligencia artificial.
  • La Europa verde (medio ambiente, energía, movilidad sostenible). 
  • La Europa social (igualdad, desfavorecidos, inmigrantes). 
  • Las oportunidades que ofrece el mercado interior (movilidad de jóvenes y trabajadores, oportunidades para las empresas). 
  • La financiación europea, los fondos y programas europeos. 
  • Los días y semanas europeas. Conmemoración del 40 Aniversario de la firma del Tratado de Adhesión de España y Portugal a la UE 
  • La Europa de los ciudadanos. Los valores europeos. 
  • La diversidad cultural europea (gastronomía, patrimonio natural europeo, deporte, la música, baile, artes escénicas y artistas en Europa). 
  • La ciencia y la investigación en Europa. 
  • Europa y sus relaciones con el mundo.

Actividades subvencionables

  • Cursos, talleres y jornadas.
  • Campañas de difusión.
  • Actividades de dinamización; actividades culturales, deportivas, en el medio natural.
  • Ferias y eventos.
  • Viajes, exposiciones, proyectos de intercambio de buenas prácticas entre entidades públicas y privadas.
  • Publicaciones y cualesquiera otras actividades que supongan la puesta de manifiesto de la relevancia de la temática europea, sus políticas, y su relación con Cantabria y con el colectivo al que se dirige la entidad.
⏰¿Cómo y cuándo solicitar la ayuda? 
 
Las solicitudes cumplimentadas en el modelo oficial acompañadas de la documentación correspondiente se presentarán por registro electrónico y se dirigirán  a la persona titular de la Consejera de Economía, Hacienda, Financiación Autonómica y Fondos Europeos.
 
Plazos de solicitud
  • Primera resolución, hasta el 30 de abril.
  • Segunda resolución, desde el 1 de mayo hasta el 1 de julio.
  • En ambos casos la ayuda se justificará antes del 31 de enero de 2027.

🔗Más información aquí.