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Subvenciones para fomentar la prevención de riesgos laborales en pequeñas y medianas empresas.

 

                                         

📌 Subvenciones para fomentar la prevención de riesgos laborales en pequeñas y medianas empresas. Convocatoria 2026-2029.

El Gobierno de Cantabria regula estas ayudas para mejorar la seguridad y salud laboral en las PYMES, dentro de la Estrategia Cántabra de Seguridad y Salud en el Trabajo 2023-2028.

👤 ¿Quién puede solicitarlas?
PYMES privadas, incluidas personas trabajadoras autónomas y mutualistas de colegios profesionales, que tengan al menos un centro de trabajo en Cantabria y cumplan los requisitos establecidos.

💶 ¿Qué se puede financiar?
La convocatoria incluye 5 líneas de ayuda:

  • 🦺 Línea I – MEJORA: inversiones para mejorar la seguridad y salud en el trabajo.

  • 👷 Línea II – INTEGRA: contratación de personal especializado para integrar la prevención en la empresa.

  • 🧰 Línea III – AVRA: prevención, asistencia técnica y formación frente a riesgos específicos.

  • 🤖 Línea IV – ROBOTS: uso de robots industriales y robots móviles autónomos.

  • 🏢 Línea V – REFUERZO: apoyo específico a la actividad preventiva de pequeñas empresas.

💰 Cuantía:
En las líneas I y III la ayuda puede alcanzar 12.000 € por solicitud, con incrementos adicionales de hasta 3.000 € por determinadas circunstancias. La línea II parte de 12.000 €, también con incrementos de 3.000 € por circunstancia. La línea IV puede alcanzar 12.000 €, y la línea V 6.000 €, con posibles incrementos adicionales.

🔔 ¡Importante!
Las ayudas se conceden mediante concesión directa y los trámites se realizan exclusivamente por vía electrónica. Además, se consideran ayudas de minimis y las actuaciones deben estar vinculadas a centros de trabajo situados en Cantabria.

Plazo de presentación:
El plazo está abierto permanentemente hasta el 31 de enero de 2029, pero cada línea tiene su propio plazo: generalmente un mes desde el pago completo del gasto subvencionable. Para actuaciones realizadas entre el 1 de enero de 2026 y el 18 de septiembre de 2026, se establece excepcionalmente un plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación del decreto.

🔗 Más información: PDF (BOC-2026-7222 - 441 Kb)

 

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